Faena minera con área cercada tras un accidente laboral en Chile

Investigación de accidentes laborales graves y fatales

Investigamos accidentes del trabajo graves, fatales e incidentes de alto potencial con metodologías reconocidas —Árbol de Causas, ICAM, 5 ¿Por Qué?—, elaboramos los informes técnicos que exigen la Inspección del Trabajo, la SEREMI de Salud y tu mutualidad, y te acompañamos hasta el cierre de las medidas correctivas.

Qué hacer en las primeras horas de un accidente grave

Ante un accidente del trabajo fatal o grave, la ley te obliga a actuar de inmediato y en un orden determinado. Estas son las obligaciones que no admiten espera:

  • Suspender de inmediato las faenas en el área afectada y, si las condiciones del lugar lo requieren, evacuar el sector.
  • Notificar inmediatamente a la Inspección del Trabajo y a la SEREMI de Salud correspondientes al lugar del accidente.
  • Dar aviso al organismo administrador (mutualidad o ISL) y emitir la DIAT.
  • Preservar el sitio del suceso: no mover equipos, herramientas ni evidencia hasta que la autoridad lo autorice.
  • Reanudar solo con autorización: las faenas se retoman únicamente cuando la autoridad fiscalizadora que verificó la suspensión lo autoriza, tras subsanar las deficiencias y aplicar las medidas correctivas inmediatas.
  • Investigar el accidente con el Comité Paritario y el departamento de prevención, con apoyo del organismo administrador.

Se consideran graves, entre otros, los accidentes que obligan a maniobras de reanimación o de rescate, los que ocurren por caída de altura sobre 1,8 metros, los que provocan amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo, y los que involucran a un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la faena. Ante la duda, notifica: el costo de notificar de más es cero.


Qué hacemos por tu empresa

Investigación técnica del accidente

  • Levantamiento en terreno: inspección del sitio, registro fotográfico, mediciones y reconstitución de la secuencia de hechos.
  • Entrevistas estructuradas a testigos, supervisión y accidentado, cuidando la calidad del relato y evitando la búsqueda de culpables.
  • Revisión documental: procedimientos, matriz IPER, capacitaciones, entrega de EPP, mantención de equipos, permisos de trabajo y ODI.
  • Análisis causal con Árbol de Causas, ICAM o 5 Por Qué, identificando causas inmediatas, básicas y factores organizacionales.

Informes y representación ante fiscalizadores

  • Informe técnico de investigación con estándar exigible ante la Inspección del Trabajo, la SEREMI de Salud y el organismo administrador.
  • Acompañamiento técnico durante la fiscalización y en la respuesta a requerimientos y observaciones.
  • Preparación del expediente para la solicitud de reanudación de faenas.

Cierre y prevención de la repetición

  • Plan de acción correctiva con medidas, responsables, plazos y verificación de eficacia.
  • Actualización de la matriz IPER y de los procedimientos de trabajo seguro involucrados.
  • Difusión del aprendizaje: alerta de seguridad, charla operativa y capacitación al personal expuesto al mismo riesgo.
  • Investigación de incidentes de alto potencial (casi accidentes), donde está la oportunidad real de evitar el próximo accidente grave.

Por qué conviene externalizar la investigación

Investigar internamente un accidente grave tiene dos problemas conocidos. El primero es de objetividad: quien supervisa la faena difícilmente puede analizar sin sesgo un hecho en el que su propia gestión está en cuestión. El segundo es de estándar técnico: un informe que se queda en “el trabajador no usó el EPP” no identifica causas raíz, no resiste una fiscalización y, sobre todo, no evita que el accidente vuelva a ocurrir.

Una investigación externa aporta una mirada independiente, metodología formal y un informe defendible ante la autoridad. Y en la práctica hace algo más importante: convierte un evento crítico en cambios concretos en la operación.

Preguntas frecuentes sobre investigación de accidentes laborales

¿Qué se considera un accidente del trabajo grave?

Aquel que obliga a realizar maniobras de reanimación o de rescate, ocurre por caída de altura sobre 1,8 metros, provoca amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo, involucra a un número tal de trabajadores que afecta el desarrollo normal de la faena, o se produce en condiciones hiperbáricas. Ante la duda, corresponde notificar.

¿En qué plazo debo notificar a la autoridad?

De inmediato, apenas ocurre el accidente fatal o grave, tanto a la Inspección del Trabajo como a la SEREMI de Salud. La obligación de suspender la faena también rige desde ese mismo momento.

¿Cuándo puedo reanudar las faenas?

Solo cuando la autoridad fiscalizadora que constató la suspensión lo autorice, después de que hayas subsanado las deficiencias detectadas e implementado las medidas correctivas inmediatas. Reanudar sin esa autorización es una infracción grave.

¿La mutualidad no investiga el accidente?

El organismo administrador realiza su propia investigación con foco en las prestaciones y en la prescripción de medidas. Esa investigación no reemplaza la obligación del empleador de investigar el accidente, ni el informe técnico que la fiscalización te va a pedir a ti.

¿Pueden investigar accidentes ocurridos hace semanas?

Sí, aunque la calidad de la evidencia disminuye con el tiempo. Aun así, la reconstrucción documental y las entrevistas permiten un análisis causal válido y un plan de acción útil, especialmente si hay un requerimiento pendiente de la autoridad.

¿Esto se relaciona con los protocolos MINSAL?

Sí. Muchos accidentes podrían tener entre las causas de fondo, brechas que los protocolos de vigilancia habrían detectado antes: sobrecarga, fatiga, exposición no controlada. Revisa también nuestra página de implementación de protocolos MINSAL.


Después de un accidente, lo que hagas en los primeros días define el resto del proceso.

Solicita un diagnóstico gratuito y revisamos contigo tu procedimiento de respuesta ante accidentes graves, tu capacidad real de investigación y las brechas que dejarían expuesta a tu empresa ante una fiscalización.